El Vínculo El Vínculo.
Orden Derogada

1. Ámbito

1 de la Orden de 7 de enero de 2000 por la que desarrolla el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos. · BOE-A-2000-1482

Atención: BOE-A-2000-1482 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se presentarán ante la Caja General de Depósitos las garantías que deban constituirse a favor de:

a) La Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos y Entes Públicos.

b) La Comunidad Europea, en aquellos supuestos que establezcan las normas dictadas por ésta o por normas de desarrollo en el ordenamiento jurídico interno.

La Caja no admitirá ninguna garantía constituida a favor de los Entes mencionados en el artículo 1.1.b) del Reglamento de la Caja General de Depósitos (en adelante Reglamento) salvo que medie el convenio previsto en el artículo 1 del Reglamento.

Asimismo, se constituirán en la Caja los depósitos que se establezcan en virtud de normas especiales, de acuerdo con lo dispuesto en el Título III del Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-01-26.

Más artículos de BOE-A-2000-1482

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2000-1482 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.